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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Septiembre de 2012 09:15 2012-09-07 09:15 desde IP: 189.254.100.10
Si a tu hijo lo reconoció su papa, es decir en el acta de nacimiento aparece como el padre de tu niño, con una copia certificada de esa acta y los datos de donde trabaja el papa, tramita una pensión de las llamadas por comparecencia, no cuesta nada y el tiene la obligación de proporcionar alimentos a su menor hijo.
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