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AutorRespuesta No: 282595
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Fecha de respuesta: Lunes 27 de Agosto de 2012 17:09 2012-08-27 17:09 desde IP: 189.189.105.168
Tienes que ejercitar la Acción Cambiaria del Titulo de Crédito, luego entonces puede DEMANDAR el pago de la suerte principal y los intereses generados, por consiguiente en determinado momento puede EMBARGAR y si esas escrituras cuentan con CERTEZA JURIDICA podra EMBARGAR ese INMUEBLE, puede realizar el trámite personalmente pero dudo que tenga conocimientos sobre cuestiones legales, así que lo mas recomendable es que acuda con un Abogado de Confianza o contratar los Servicios Profesionales de algún Abogado pero debe de tener en cuenta que primeramente debe de invertir a efecto de poder recuperar su dinero.
Tambien puede exigir el PAGO por la vía extrajudicial pero si hasta la fecha no le han pagado, lo mas seguro es que no le quieran pagar o no tienen como pagarle.
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