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  • Consulta : 166684
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 282495

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si Usted está casada por sociedad conyugal, la mitad de sus bienes pertenecen a esa sociedad, y en consecuencia la mitad responde por las deudas de su marido. es decir que aunque esté pagando por financiamiento un vehículo la factura ya está a su nombre y sí es posible que le embarguen esos derechos por la parte que corresponde a su marido por sociedad conyugal y por la deuda contraida por él de forma unilateral, así como el resto de todos su bienens adquiridos con posterioridad al matrimonio.