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  • Consulta : 166612
  • Autor : dorae
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    Respuesta No: 282351

  • dorae
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    (Resumen de Actividades)

     

    El que sus hijos no reciban una pensión alimentaria es su responsabilidad, es a usted a quien le corresponde promoverlas mediante un juicio, usted ostenta la representación de sus hijos y por lo tanto, las acciones encaminadas a su bienestar están en sus manos, si ambos están reconocidos por sus padres, el proveerles pensión es una obligación (aun que no lo quieran, la ley les obliga) siempre y cuando usted la solicite por los conductos debidos.

    La filiación es un derecho y no es quererla hoy de una manera y mañana de otra, les gusto o no, es su filiación y no se puede quitar solo por el hecho de que no guste, o porque hoy tengo una pareja y quiero que lleven su apellido, pero mañana todo se termina y hay que quitárselo, no señora mía, los hijos no son juguetes ni objeto de nuestros devaneos amorosos, son personas con derechos y hay que conocerlos y respetarlos.