- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 166429
- Autor : TOCA1968
- Consultas en Foro: 9
- Respuestas en Foro: 15283
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 282459
-
Fecha de respuesta: Domingo 26 de Agosto de 2012 17:18 2012-08-26 17:18 desde IP: 189.245.76.191
CONSULTANTE josa_bz_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que, el artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo establece que lasacciones de los trabajadores que sean separados de su empleo prescriben en DOS MESES. Es decir que cuenta con dos meses, dese que fue separado de su trabajo para reclamar las cantidades que se aduce no fueron entregadas.
Por otro lado el fondo de ahorro es pagado, en el mes de diciembre decada año, por lo que se sugiere indague en el departamento de recursos humanos de la empresa (PEPSI) a efecto de que se le informe el procedimiento interno para la recuperación de dichas cantidades, entiende; saludos y suerte en su caso.
Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA LABORAL, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 3182-2696
Celular: 55-3462-7069
WEB: m o r a l e s a r a g o n y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: m a y c i a . j o r g e m a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
-
Autor