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  • Consulta : 165409
  • Autor : ZETH
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  • Autor
    Respuesta No: 280981

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola, es notorio  que es un error involuntario por ende usted puede ejercitar la acción cambiaria mediante un juicio ejecutivo mercantil. apoyese de su abogado especialista en materia mercantil que le asista. saludos