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  • Consulta : 165140
  • Autor : calamarin
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    Respuesta No: 280651

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    osv_89:

    Creo que a lo que te refieres se llamda declaracion/confesion, y tiene algunas formalidades tiene que ser rendida ante el Ministerio Publico, declaracion preparatoria ante el Juez, y sin la asistencia de su defensor no tiene valor probatorio.

    Y si existen los elementos que señala el articulo 16 Constitucional, se le dicta sentencia, asi pudo haberse reservado el derecho para declarar, corresponde al Ministerio Publico la carga de la pruebas de echos delistivos.

    Saludos