Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 164114
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 279647

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si tu vendiste y se asneto en el registro publico... hasta ahi  llego tu participaciòn... pero si no se escrituro por tu parte... puedes ser demandado para el otorgamiento de escritura ante notario....y tendras que pagar impuesto sobre la renta de esa operaciòn.... salvo que te diga el notario que por ser cashabitaciòn en los ultimos 5 años... y con los recibos de servicios en la mano... ya no tengas qwue pagar...