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AutorRespuesta No: 280744
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Agosto de 2012 21:41 2012-08-16 21:41 desde IP: 189.245.81.252
CONSULTANTE aldo_daniel,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Es importante establecer la naturaleza del contrato, ya que por lo
mencionado en la pregunta, se puede inferir que se establecieron los
contratos de trabajo por TIEMPO DETERMINADO y en este caso como
finiquito le corresponde la cantidad que haya trabajado y no se le
pagó, dependiendo de los días de pago, por lo general quincenal y el
finiquito lo configura el pago de la quincena, proporcional de
vacaciones y proporcional de aguinaldo. En el mes de Mayo de 2013
podrá acudir a la empresa a cobrar el Pago de Utilidades, siempre y
cuando las hubiere, entiende; saludos y suerte en su caso.Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA LABORAL, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 3182-2696
Celular: 55-3462-7069
WEB: m o r a l e s a r a g o n y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: m a y c i a . j o r g e m a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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