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  • Consulta : 164058
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 279580

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si no están casados, no existe ningún divorcio que deban tramitar.

    Pero en vía de jurisdicción voluntaria, pueden promover ante un Juez de lo Familiar, un convenio en el cual están disolviendo el concubinato que los unió por el número de años que vivieron juntos, señalar el monto de la pensión alimenticia que les dará a ti y a tu hijo, quién se queda con la guarda y custodia del menor, el régimen de visitas y convivencias para el padre que no tenga la guarda y custodia y el lugar donde vivirá el menor.

    Si tu recibes ingresos propios, solamente si no son suficientes, pueden darte una pensión alimenticia por el mismo tiempo que duró el concubinato.

    Pero si no es el caso, sólo una pensión para el menor, que puede ir de un 15 hasta un 30% de los ingresos del padre.

    Dicho convenio se presenta y posteriormente se debe ratificar ante el Juez.

    Asístanse de Lic. en Derecho especialista en materia familiar de su Estado, ya sea particular o de oficio.

    Suerte!