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  • Consulta : 163873
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 279316

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Se pueden vender los derechos litigiosos, pero es un riesgo, puesto que Usted no sabe si el posesionario le va a reconvenir una prescripción o si el título de propiedad de quien le vende tiene mejor calidad que el posesionario...

    Cualquier acto de esa naturaleza, deberá ser verificado por un Lic. en Derecho especialista en materia civil DE SU ENTERA CONFIANZA, para que le índique si le conviene o no invertir en algo así...

    Aunado a lo anterior, el plazo para obtener la propiedad puede ir desde 1 año hasta 4 o 5 más, no hay plazos exactos.

    Pero además de los derechos litigiosos, tendrían que transmitirle la propiedad con que acudieron a juicio, puesto que el sólo derecho para acudir a deducir derecho en su juicio, por sí mismo, no le genera derechos a Usted.

    Suerte!