Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 163858
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 279305

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No hay un límite, aquí la cuestión son las fechas que le de la Junta para requerir el cumplimiento al laudo, por conducto de Actuario adscrito a la Junta y su abogado deberá estar promoviendo constantemente y pedir se les impongan medidas de apremio en caso de incumplimiento.

    Aquí su abogado es quien debe estar acelerando el asunto, porque como refiere, Usted tiene una incapacidad y por ende, no puede continuar laborando.

    Presionelo e incluso acuda Usted directamente a hablar con el Presidente de la Junta, exponiéndole su caso, para que le den un seguimiento más oportuno...

    Suerte!