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AutorRespuesta No: 279305
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Agosto de 2012 18:38 2012-08-08 18:38 desde IP: 189.146.109.107
No hay un límite, aquí la cuestión son las fechas que le de la Junta para requerir el cumplimiento al laudo, por conducto de Actuario adscrito a la Junta y su abogado deberá estar promoviendo constantemente y pedir se les impongan medidas de apremio en caso de incumplimiento.
Aquí su abogado es quien debe estar acelerando el asunto, porque como refiere, Usted tiene una incapacidad y por ende, no puede continuar laborando.
Presionelo e incluso acuda Usted directamente a hablar con el Presidente de la Junta, exponiéndole su caso, para que le den un seguimiento más oportuno...
Suerte!
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