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AutorRespuesta No: 278792
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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Agosto de 2012 14:45 2012-08-03 14:45 desde IP: 201.103.123.51
Tienen que comparecer por conducto de apoderado, dando contestación a la demanda y negar la relación laboral, señalando quién era el responsable de la fuente de trabajo y que ellos sólo eran representantes del patrón.
Pero no existe poder humano que pueda impedir que los citen a una prueba confesional, pues la Ley establece que si la prueba se ofrece de esa forma (Personalísima y no por conducto de apoderado alguno) tendrán que acudir, por impu tarle precisamente hechos propios.
Y además, las audiencias no son de un día para otro, así que es importante que agenden esa fecha y vayan, si no quieren acudir.
O en su defecto, lleguen a una negociación, ya sea para que se desista de las personas físicas o de todos...
Si no quieren problemas, entonces que paguen, no todo obviamente, pero ofrezcan alguna cantidad y santo remedio...
Suerte!
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