Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 163352
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 278792

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tienen que comparecer por conducto de apoderado, dando contestación a la demanda y negar la relación laboral, señalando quién era el responsable de la fuente de trabajo y que ellos sólo eran representantes del patrón.

    Pero no existe poder humano que pueda impedir que los citen a una prueba confesional, pues la Ley establece que si la prueba se ofrece de esa forma (Personalísima y no por conducto de apoderado alguno) tendrán que acudir, por impu tarle precisamente hechos propios.

    Y además, las audiencias no son de un día para otro, así que es importante que agenden esa fecha y vayan, si no quieren acudir.

    O en su defecto, lleguen a una negociación, ya sea para que se desista de las personas físicas o de todos...

    Si no quieren problemas, entonces que paguen, no todo obviamente, pero ofrezcan alguna cantidad y santo remedio...

    Suerte!