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  • Consulta : 162843
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 278225

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    liliand4_NR

    En caso de fallecimento de alguno de los padres, el 50% que por ganaciales de la sociedad conyugal pertenecia unicamente se repartiria por partes iguales entre los hijos.

    Al otorgar testamento si puede usted designar a otra persona como Albacea y esta debera dentro del termino de ley exhibir una fianza para garantizar el manejo de su Albaceazgo.

    Puede tambien usted en el testamento designar un tutor testamentario quien habra de vigilar el buen desempeño del albacea.

    NO, no puede usted señalar en el testamento persona alguna con la cual vivan sus menores hijos, la guarda y custodia por ley corresponderia la padre.