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  • Consulta : 162776
  • Autor : ulloa88
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola Buen dia... es un Reconocimiento que debe hacer en el Registro Civil donde se registro el menor. Porque ahi? Porque se hacen anotaciones al libro de registro sobre el reconocimiento que se realiza. 

    Requisitos: Comparecencia Reconocedor, madre del reconocido, actas de nacimiento de ambos, identificaciones, comprobante de domicilio y el pago de derechos que cambia segun cada Estado... pero oscila entre los 49 pesos y los 250 pesos.

    Sin embargo le sugiero algo. Antes de llevar a cabo el reconocimiento, acudan ante un notario público y EN ESCRITURA PUBLICA se asiente que el señor es sabedor que no es el padre biologico del menor pero es su deseo reconocer como su hijo a JUANITO PEREZ ... porque esto?  Bien... lo he visto y vivido infinidad de veces en mi funcion publica por ello me atrevo a recomendarselo... es caro si quiza unos 1500 pesos porque es ESCRITURA PUBLICA pero vale la pena si se piensa esto:

    existen personas que reconocen a los hijos de la señora X como suyos por quedar bien con la susodicha en ese momento. Cuando llega a haber un divorcio si estuvieron casados o separacion de cuerpos si no y se les demanda pension alimenticia para ese menor reconocido... inmediatamente comparecen ante un Juez y dicen "Mi mujer me engaño... me dijo ser yo el padre biologico de ese menor por lo cual acudi a reconocerlo toda vez que el mismo ya habia sido registrado por la madre con anterioridad ... y con ADN demostraré que NO ES MI HIJO y que fui engañado y como hubo vicios en el consentimiento, solicito NULIDAD DEL RECONOCIMIENTO. y es la forma en la que han estado hechando a bajo los mismos pese a que el Codigo Prohibe la cancelacion del reconocimiento si el manifiesta ser sabedor que el menor no era su hijo y lo reconocio.

    Para ello servira la escritura publica... si la persona el dia de mañana quiere pasarse de vivo... la unica forma de hechar a bajo un reconocimiento es esa...señalar que hubo un engaño y el sabia que en verdad era el padre biologico y ahora que descubre que no lo es pide nulidad. Pero si usted cuenta con un instrumento como la ESCTRITURA PUBLICA donde obre que él es sabedor que no es su hijo biologico pero es su deseo reconocerlo como tal... SE AMUELA no podra JAMAS retrotraer el reconocimiento y si algo no sale bien con el, por lo menos podra garantizarle a su hijo una pension alimenticia y la permanencia del apellido de aquel a quin vio como padre.

    Porque en escritura publica que es muchisimo mas caro y no un testimonio notarial que cuesta solo el 10% de aquella... la respuesta es simple. La escritura publica obra en los libros del notario y perdura SECULAM SECULORUM como una escritra por ejemplo.... un testimonio notarial... no hay respaldos de nada se elabora en ese momento se firma pero no se guarda respaldo porque la ley denotariado no obliga a ello en testimonios notariales de comparecencia. Si ese papel se le pierde, moja o destruye ... si lo hizo en escritura publica podrá ir a sacar cuantos tantos sean necesarios ante ese mismo notario ....

    Saludos

     

    Lic. Ulloa

    Juez u Oficial del Registro Civil