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  • Consulta : 161820
  • Autor : guerreraqro
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    Respuesta No: 276953

  • guerreraqro
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Saludos Lic. Calamarin.

    Difiero tantito.

    Para que proceda el impago ante el banco, la perdida del docuemnto debe ser mayor de la fecha de presentaciòn del documento, ya que este  debe ser retenido por el banco, ademas del impago.

    Debes hacerle saber al banco que pdorcederas inmediatamente ante el Ministerio Publico, al efecto de que no hagan entrega del documento cancelado o no  al girardor.

    Se debe pedir que se verifique la firma del girador, como firma de salida y hacer la denuncia o querella  en cointra del girador y no de la empresa.

    Tu abogado especialista en derecho penal, con titulo y cedula profesional, sabe como debe hacerlo, pero no pierdas tiempo.

    Sobre todo y en forma muy importante; solo se aviso al banco de la perdida, es fraude, si se aviso al banco y al ministerio publico y fue antes de girarlo, no hay delito.