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  • Consulta : 161814
  • Autor : camacho
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  • Autor
    Respuesta No: 276969

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    De acuerdo abogada, por eso señalo que cheque en el reglamento del RPP, pues en casi ningun estado hay la cancelacion administrativa, y aconseje, que investigue cual institucion detenta el credito y demande la prescripcion del adeudo y la consecuente cancelacion de la inscripcion. Atte. Lic. J. L. Camacho.