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Fecha de respuesta: Martes 24 de Julio de 2012 22:22 2012-07-24 22:22 desde IP: 189.181.250.93
De acuerdo abogada, por eso señalo que cheque en el reglamento del RPP, pues en casi ningun estado hay la cancelacion administrativa, y aconseje, que investigue cual institucion detenta el credito y demande la prescripcion del adeudo y la consecuente cancelacion de la inscripcion. Atte. Lic. J. L. Camacho.
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