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  • Consulta : 161811
  • Autor : NGUSTAVO01
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  • NGUSTAVO01
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    (Resumen de Actividades)

    Efectivamente si se escritura durate el matrimonio este terreno entra en la sociedad conyugal, pues es en esté instante en donde se consolidarán los tramites relacionados con la adjudicación, pero esta condición de sociedad conyugal no es por siempre, existe también la figura del cambio de régimen matrimonial donde se consideraría la liquidación de la sociedad conyugal en caso de mala administración del conyuge, esta intención deberá de promoverse ante el Juez de lo Familiar.

    Otra alternativa puede ser la constitución del patrimonio de familia, así en caso de enfrentar una mala racha que pudiera comprometer los activos del matrimonio, los acreedores se veran obligados a descartar un embrago de estos bines, ya que la ley establece su inembargabilidad. En fin, muchas veces estos temas poseen un gran contenido emocional y de relaciones interpersonales, este es también un tema que debes abordar con en especialista en la salud mental. Espero hayas hecho una buena elección de pareja, te deseo lo mejor. En caso de duda puedes escribir por este medio o visitar mi cubículo. SUERTE