- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 160724
- Autor : guerreraqro
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 468
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3655
-
: 0 %
-
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 275519
-
Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Julio de 2012 14:19 2012-07-18 14:19 desde IP: 187.194.34.43
Las cuantias menores, permiten hacer el juicio de amparo, en forma directa y sin pasar por los recursos, pero es poco probable que se resuelvan a favor, pero siempre hay que hacerlos, par que sean tomados en cuenta al momento de dictarse la senetncia definitiva y de ahi pedir el amapro directo, solicitando la reposición del procedimiento a virtud de la violación cometida por el AQUO (el juez), que nego la prueba.
La lucha se hace, pero menciona bien el Lic. Garovalo.
-
Autor