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AutorRespuesta No: 274412
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Julio de 2012 17:44 2012-07-12 17:44 desde IP: 189.227.117.163
Si fueron concubinos, su unión se debe regir por el de SOCIEDAD CONYUGAL.
Punto.
Por otra parte, si desean promover el juicio sucesorio, deberán asesorarse de LICENCIADO EN DERECHO CON CEDULA PROFESIONAL, que les garantice el éxito en la acción. Y él les despejará sus dudas.
Suerte.
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