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  • Consulta : 159264
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 273778

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Claro que puede proceder, pues aún sigue siendo tu esposa y es una obligación de los cónyuges el darse alimentos.

    Si ella no tiene medios para subsistir, tendrás que pagarle la pensión.

    Pero si promueves el divorcio, aún si en este juicio te condenan a pagar pensión, en el Estado de Veracruz se emitió una jurisprudencia que establece que cuando cambia el estado civil y el divorcio se dio por la separación de más de dos años, entonces se extingue tu obligación de darle alimentos.

    Asístete de Lic. en Derecho especialista en materia familiar de tu Estado.

    Suerte!