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  • Consulta : 158166
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 272848

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Usted y la madre (si es soltera ésta), pueden acudir al Registro Civil y hacer el reconocimiento del menor, sin ningún problema.

    El padre biológico tiene la acción para demandar la paternidad del niño y solicitar se realice una prueba pericial en genética (ADN) y si se prueba que es su hijo, pues tendrá que cambiarse el apellido del niño, pero también tendrá que proporcionar una pensión alimenticia.

    Ese juicio es caro, pues solamente la prueba puede costar entre 8 y 20 mil pesos, depende el Estado y el laboratorio, así que a lo mejor ni lo hace.

    Pero no la pueden meter a la cárcel a la madre, ni tendrá ninguna otra consecuencia para ella, sólo respecto del menor.

    Ustedes hagan su vida y pues no se dejen amenazar, como puede hacerlo, como puede no hacerlo y no van a vivir esperando que terceros hagan o no hagan algo...

    Suerte!