Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 157910
  • Autor : COTAHE
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 13
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 272700

  • COTAHE
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes estimado consultante:

       Te comento que puedes demandar la firma y otorgamiento de escritura, si conoces la direccióna ctual de la persona que vendió el predio, se le notificará y deberá apectar que efectivamente venidó y le fue pagado el bien y por ende acudir ante Notario Público para firmar la escritura correspondiente; si no se conoce la dirección se le notificará por edictos y en caso de no acudir al Juzgado, el Juez firmará en rebeldía la escritura correspondiente.

      Que tengas excelente tarde y para cualquier duda quedamos a tus ordenes en nuestra oficina virtual en este mismo foro.