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  • Consulta : 156111
  • Autor : Rosales33@
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  • Autor
    Respuesta No: 271354

  • Rosales33@
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    de manera menos tecnica, las notificaciones personales pueden ser de dos formas;

    1.- que el actuario acuda a su domicilio y le entrege copia de lo que se le notifica,

    2.- que usted vaya al juzgado a notificarse (por comparesencia) neesita saber en que juzgado y secretara esta su expediete, buscarlo en secretaria o en actuaria, eso lo vera en las lstas que hay en cada juzgado, despues de localizarlo y ver si tiene una notificacion y que se encuentra en actuaria y que la misma es personal, acudir  la actuaria, presentar su credencial y pedir el expediente para que le notifiquen por comparesencia, le notificaran y le daran coppia de lo mismo.

    ustedn n otiene que hacer ningun escrito en el cual manifiest al juzgado que ya lo notificaron, eso lo hace el actuario en su razonamiento.

    si no existe testamento seguira que la secretaria asiente esa razon y convocara a junta de herederos, ordenando la pubicacion en algun periodico para convocar a mas posibes herederos que se esten omitiendo.

    saludos.

    SALVO MEJOR OPINION.