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  • Consulta : 155353
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 270594

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Claro que pueden existir varios herederos universales y la ignorante es tu maestra:

    El testador puede nombrar herederos a título universal o a título particular:

    La herencia a título universal es aquella en cuya virtud el patrimonio de una persona se transmite en un acto a otra. Esta se produce siempre que fallece una persona (salvo en la hipótesis límite de que el causante carezca totalmente de activo y pasivo y también en el supuesto de distribución de toda la herencia en legados).

    La herencia a título particular se refiere a relaciones jurídicas determinadas. Se produce en casos concretos, dentro de los cuales el más importante es el legado.

    Revisa el Código Civil y hazle notar su error a tu profesora.

    Suerte!