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Fecha de respuesta: Martes 12 de Junio de 2012 11:24 2012-06-12 11:24 desde IP: 189.230.175.131
Claro que pueden existir varios herederos universales y la ignorante es tu maestra:
El testador puede nombrar herederos a título universal o a título particular:
La herencia a título universal es aquella en cuya virtud el patrimonio de una persona se transmite en un acto a otra. Esta se produce siempre que fallece una persona (salvo en la hipótesis límite de que el causante carezca totalmente de activo y pasivo y también en el supuesto de distribución de toda la herencia en legados).
La herencia a título particular se refiere a relaciones jurídicas determinadas. Se produce en casos concretos, dentro de los cuales el más importante es el legado.
Revisa el Código Civil y hazle notar su error a tu profesora.
Suerte!
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