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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Junio de 2012 20:43 2012-06-01 20:43 desde IP: 187.195.36.140
Es su esposa o su concubina?
Si es su esposa y se casaron bajo el régimen de sociedad conyugal, su esposa tiene derecho al 50% de los bienes que integran la sociedad conyugal.
Pero si sólo tuvo una relación de concubinato, la señora sólo tiene derecho a alimentos (siempre que no haya transcurrido más de un año de la separaciòn) y a heredar en caso de que usted falleciera.
Dejela que intente las acciones que quiera y cuando le llegue la demanda, acuda con un Lic. en Derecho para que analice la procedencia de la misma.
No caiga en chantajes, si ella tiene derecho a algo, que lo haga valer ante la autoridad competente, pero por lo pronto, abstengase de hacer convenios o dar algo, sin la asesoría de un profesional del derecho.
Suerte!
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