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AutorRespuesta No: 268089
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Mayo de 2012 14:01 2012-05-24 14:01 desde IP: 187.155.24.14
Mediante asamblea extraordinaria, respetando el derecho del tanto.
.Artículo 194.- Las actas de las Asambleas Generales de Accionistas se asentarán en el libro respectivo y deberán ser firmadas por el Presidente y por el Secretario de la Asamblea, así como por los Comisarios que concurran. Se agregarán a las actas los documentos que justifiquen que las convocatorias se hicieron en los términos que esta Ley establece. Cuando por cualquiera circunstancia no pudiere asentarse el acta de una asamblea en el libro respectivo, se protocolizará ante Notario..
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