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  • Consulta : 150561
  • Autor : ABOGADALUZ
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  • Autor
    Respuesta No: 265869

  • ABOGADALUZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Promueve un amparo indirecto, pero en el circuito más proximo al que le dicto el auto de término (para evitarte la incompetencia y tiempo).

    Y puedes tener como fundamento que no proceda la presención a que se refiere el artículo 195 del Código Penal ultimo párrado que indica que cuando la cantidad de marihuana en este caso, sea mayor a multiplicar mil vecesa la cantidad a que se refiere el artículo 497 de la Ley General de la Salud.

    Pero si me permites de doy un consejo, antes de dar inicio al amparo, te sugiero que analices detalladamente las constancias y determine cual es la modalidad que se titpifica, ya que si es otra, unicamente perderas tiempo, en sí analiza cual es el beneficio que traera si se te concede el amparo, ya que, reitero, si te van a caonseder el amparo para que se se dicte auto de formal prisión por otra modalidad, no existe beneficio alguno, y unicamente de estas empantanando tu solo.

    Y toma en consideración que para dictar un auto de termino solamente se necesitan pruebas que hagan probable la responsabilidad, es por eso que en lo general siempre se dictan autos de formal prisión con pruebas circunstaniales.

    Espero haberte ayudado,

    Abogada luz