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  • Consulta : 150276
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 265576

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     rubengutierrezfdz_NR

    En cuanto a la cesion de derechos que desea realizar su señor padre en favor de usted, esta debe ser por escrito ante el juzgado donde se esta tramitando la sucesion testamentaria y una vez que esta sea ratificada por su señor padre en el juzgado la cesion de derechos en favor de usted surtira todos sus efectos legales.

    Hecho lo anterior, debera usted asistido de abogado de su confianza solicitar al juez que requiera la Albacea revocado rinda la cuneta general de su administracion,  respecto de la actual Albacea esta debe ya haber iniciado dentro del termino de ley la segunda seccion del juicio sucesorio denominada INVENTARIOS Y AVALUOS, al estar esta aprobada podra usted solicitar por escrito al Juez ordene al Albacea rinda cuentas de administracion, en caso de que el termino de le y que obliga al Albacea a formular los inventarios y avaluos haya trancurrido en exceso podra solicitar la remosion del albacea por falta de cumplimiento de las obligacion referida.

    Tambien podra usted ya como cesionario de los derechos hereditarios de su señor padre, presentar denuncia de hechos ante Ministerio Publico por la probable comision de delitos en contra del ex Albacea, puede usted coadyuvar con el ministerio publico para la debida integracion de la averiguacion previa.

    Toda lo anterior es asistido de abogado de su confianza.

    Saludos.