Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 149524
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 264822

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No duplique las consultas por que se vicia el foro, ya se le dio respuesta en la consulta 149505, nadie le puede dar una respuesta por este medio, tiene que acudir al Registro Civil Central y pagar los derechos correspondientes.