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  • Consulta : 149270
  • Autor : charlydan
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  • Autor
    Respuesta No: 265478

  • charlydan
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Saludos y gracias por la molestia de responder.

    Creo que no exprese correctamente mi duda, Me queda claro que estas condiciones - aprobar el cambio de los estatutos y su implementación -, estan debidamente establecidas en un apartado dentro de los mismos estatutos, pero yo me refería a el echo de que si despues de ser aprobados estos cambios en la samblea, es necesario formalizarlos a travez de la autoridad competente, es decir, presentarlos ante notario público y consecuentemente ante la oficina de Hacienda.

    De nuevo mil gracias por anticipado.