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  • Consulta : 148482
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 263965

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     ana03

    PRIMERO: Debe acreditar el concubinato, siendo el Estado de Mexico, es mediante un procedimiento no contencioso, SEGUNDO: se debe iniciar el juicio sucesorio del finado, TERCERO: demandar juicio de filiacion a la sucesion del finado padre por conducto del Albacea, el reconocimento de paternidad y el pago de una pesion alimenticia para el menor, una vez registrado y acreditado el parentesco con el finado podran ser reconocidos como herederos tanto el menor como la madre en su calidad de concubina.

    Asistase de abogado de su confianza.

    Saludos.