Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 147972
  • Autor : TANGO210
  • Consultas en Foro: 15
  • Respuestas en Foro: 1327
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4417
  • : 50 %
  • : 50 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 263432

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La respuesta usted misma se la da en el Titulo de su Consulta, a saber:

    Usted y su esposo detentan la Patria Potestad sobre sus menores hijos, por lo tanto usted -los dos- ostentan la Representación Legal de ellos, mientras éstos esten sujetos a la Patria Potestad, es decir, mientras sean menores de edad.

    Asi que no podrían nombrarle un representante legal -en el caso que usted comenta- ya que ustedes son sus representantes legales.

    Saludos