- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 147480
- Autor : Lic. Muñoz BF
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 11
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3659
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 262896
-
Fecha de respuesta: Viernes 20 de Abril de 2012 19:03 2012-04-20 19:03 desde IP: 189.166.133.157
Lo que usted puede hacer es promover un JUICIO MERCANTIL EJECUTIVO. Se interpondrá la demanda en contra del deudor, una vez admitida, el juez ordenará al actuario se constituya en el domicilio del demandado a requerirle el pago, y en caso de que no lo haga, se le embargarán bienes para garantizar su adeudo. LE RECOMIENDO BUSQUE UN ABOGADO... Estos asuntos no tienen mayor complicación, ya que cuenta con uno o varios documentos ejecutivos, es decir, tiene una prueba preconstituida de su dicho. SUERTE!!!
-
Autor