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  • Consulta : 147433
  • Autor : dorae
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  • Autor
    Respuesta No: 293904

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    alexlilinares_NR:

    Efectivamente señor, para poder cobrar el SAR y lo inherente a la defunción de su esposa, tendrá que realizar un reintegro de los salarios de pensión de los que dispuso usted posterior a la muerte de su señora.

    sadotpensiones:

    Cierto es que las redacciones de los consultantes ocasionalmente están faltos de información o parecieran decir algo que en realidad no es así, tal es el caso que nos ocupa.

    La problemática del consultante se refiere a que su esposa era ya pensionada, falleció y el señor en lugar de tramitar la baja de su esposa para poder rescatar su SAR, continúo durante seis meses cobrando el sueldo de pensionada de su esposa.