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  • Consulta : 147223
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 265624

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Omar:

    Junto con mis más cordiales saludos, te hago patente que haz cometido varios errores con los que, también, haz provocado una discusión inútil entre foristas que evidencian el mismo desconocimiento del asunto, a saber:

    1er. error: Es absolutamente imposible que tú sepas que el sexo de el(la) consultante es el femenino nada más porque escribió "el padre de mis hijos es...", cuenta habida que el(la) consultante inclusive pudo haber insertado una fotografía que se atribuyera a "ella" y que resultara una falsedad por suplantación de persona, informándote que tales actos son comunes en los "chats", en los que muchos se hacen pasar por personas de cierto sexo, cierta edad, etc., y hasta insertan fotografías de una mujer bella o de un galán guapo para atraer a su interlocutor(a);

    2o. Error: Desde hace muchos años (unos 10) el webmaster ha obligado que se muestre la IP (International Protocol) de la PC de donde provienen todas y cada una de las intervenciones, pero desde hará un par de años, el webmaster introdujo el significativo cambio de que al hacer click sobre esos numeritos de la IP, se abre una página donde un programa revela la ubicación de la PC, es decir, se conoce el lugar de ubicación del forista. En el caso de el(la) consultante, su IP nos revela que escribe desde el Distrito Federal.

    3er. Error: En el Distrito Federal existe una figura jurídica denominada "sociedades de convivencia" que es enteramente diferente al matrimonio, y que sirve para que personas de diferente sexo o aún del msmo sexo puedan convivir juntas dentro de un mismo domicilio, en su oportunidad de debida publicación ya aclaré en estos mismos foros que los primeros que debieron hacer uso de esta figura son los sacerdotes católicos, quienes viven juntos en lo que denominan "Casa de los Padres", sin que por ello se les tache de homosexuales, pero si alguien opina que dos personas del mismo sexo son homosexuales nada más porque habitan bajo el mismo techo, entonces debe sostener que los sacerdotes católicos no solamente son homosexuales, sino que también son pervertidos practicantes de orgías gay;

    4o: Error: Las sociedades de convivencia pueden celebrarse aún entre personas que se encuentren sin divorciarse de un matrimonio anterior,pues regulan situaciones diferentes aunque algo similares a las del régimen económico del matrimonio;

    5o. Error: Las "sociedades de convivencia" del Distrito Federal, nunca se celebran ante el Juez del Regisro Civil, sino que son motivo de contrato que se inscribe en la Dirección de Servicios Jurídicos del Gobierno Capitalino, y su disolución legal también es motivo de inscripción en términos similares;

    3er. Error:(que debí enumerar como 2o) En el Distrito Federal el divorcio es voluntario o INCAUSADO (sin invocar causal), mientras que tu lo llamas "innominado", y es relevante que la denominación de este tipo de divorcio nos señala su característica que lo diferencía del divorcio necesario establecido en las legislaciones estatales.

    De la enunciación de los errores que haz cometido y que los demás foristas igualmente cometieron en sus respectivas respuestas, surge que es innecesario que el(la) consultante se divorcie para que pueda celebrar un contrato de "sociedad de convivencia" en el Distrito Federal que es la Entidad Federativa desde la cual se fomuló la consulta, lo mismo que es innecesario que viaje a Chihuahua para celebrar un contrato que, como el que describes y aconsejas, es similar al de las sociedades de convivencia del Distrito Federal, porque es jurídicamente imposible que se trate de un matrimonio.  ---