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  • Consulta : 147220
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1.- Tanto su compañera como su hrmana cometen el delito de "Delitoscontra la filiacion de las personas" que sancionan los codigos penales de los distintos estados del pais. Como entiendo, aun no ha pasado el tiempo suficionte para una prescripcion y podrían ser sujetas a sanciones penales.

     

    2.- Civilmente la madre biologica en este momento NO PUEDE HACER NADA pues ante la ley ella solo es la tia y no tiene ningun derecho sobre el menor. Pero ella podrá demandar via judicial lo que en hombres llamamos PETERNIDAD ... una figura similar que jamas alude el codigo civil y seguramente sonará raro pero LA MATERNIDAD del menor, autodenunciandose en el escrito lo acontecido y aportando pruebas de ADN para demostrar ser ella la madre biologica del menor y por ende la nulidad del acta de nacimiento existente. Solo hasta entonces podrá hacer algo.

     

    3.- Una vez hecho esto... ella podrá solicitar al Juez pongan en poseción material (Perdon es un termino para inmuebles pero a efecto de darme a entender) del menor y la madre biologica ya podrá ostentarse como tal con todos los derechos y obligaciones que la ley impone.

     

    Pero mientras eso no suceda.... NO PUEDE HACER ABSOLUTAMENTE NADA