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  • Consulta : 146461
  • Autor : TANGO210
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    Respuesta No: 262130

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pasante: Mediante la firma de un contrato es posible que el dominio pase a poder del Prestador del servicio si así se estipula en el mismo y la otra parte firma de conformidad, de no existir contrato y el prestador pretenda quedarse con las cosas, or supuesto que es un delito, pero al existir un contrato, (acuerdo de voluntades) no hay problema.

    Y que acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo???  Eso para qué??

    Ni siquiera puede acudir a la Profeco pues el no es el consumidor, sino el prestador del servicio. En todo caso puede acudir a la PROFECO  a registrar su contrato de Adhesión en donde se especifiquen las clausulas del contrato de prestación del servicio, en donde se incluya la trasmisión de la propiedad por como pena por incumplimiento del contrato, pues el consumidor se obliga a recoger su aparato en fecha cierta y determinada y a liquidar su adeudo. Saludos!!!