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  • Consulta : 146433
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 262111

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted como albacea puede recuperar los gastos que ha cubierto de impuestos y derechos así como de los servicios, pero eso lo debió hacer al momento de la tercera sección, en la rendición de cuentas. También como albacea tenía la obligación de denunciar ante el Ministerio Público por el saqueo de los bienes inventariados de la sucesión. No tiene derecho a ningún por ciento de la venta del inmueble pero sí tiene derecho a un tres por ciento de la masa hereditaria por cumplir con el cargo. Ahora que si fue nombrada como albacea en testamento el de cujus pudo dejarle un porcentaje mayor o un legado, pero eso debe estar señalado en el testamento.