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  • Consulta : 145106
  • Autor : ulloa88
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Por eo Diego ya lo ha dicho Morales.. El que afirma y luego se retracta... En consecuencia MIENTE. Ahi estan tus palabras...dices que la jurispudencia expuesta por Rosen no aplica poque la jurisprudencia no puede estar por encima de la ley... Checate el articulo 192 y 193 de la ley de amparo y descubriras si es o no obligatoria su aplicacion al poder judicial y por ende si esta por encima del codigo o no. Como no acostumbro a discutir necedades....pese a tener los elementos frente a ti, hago mutis. Con todo respeto porque contigo no he tenido ni tengo diferencias personales solo de ideas por lo tanto respeto las tuyas y te deseo suerte