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  • Consulta : 145106
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 261027

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Valgame...pues se suma entonces un aogado mas que NO ES VERSADO en derecho migratorio e internacional privado pues ha de deirse que: Un menor hijo de padre o madre canadiense, es CANADIENSE por nacimiento...o sucede en Mexico con los hijos de connacionales. Porque en su repuesta señala...que habra que señalarse si solamente se registro a la menor en mexico o si tambien la registro en canada y saber si tiene la doble nacionalidad y reitero...la nacionalidad canadiense la tiene por el solo efecto de ser hija de padre canadinse. Cierto es que tiene que hacer LA INSERCION del acta de nacimiento (que no registro..pues es otra cosa) para tener reonocido dicho derecho pero la nacionalidad la tiene PER SE y no por el hecho de llevar o no la insercion. Ciertamente, la LEY en canada, al ser hija de canadiense y vivir la menor alla, debe ventilarse todo lo referente a custodia en CANADA. Alla no se da por automatico la custodia a la madre...sino luego de estudios psico sociales se estima la mejor opcion para la menor por lo que hay probabilidad que la señora se venga sola pues CANADA no dara pasaporte a la menor mientras el padre no este de acuerdo que salga del pais. Saludos