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AutorRespuesta No: 261001
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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Abril de 2012 19:36 2012-04-06 19:36 desde IP: 189.177.196.181
Rosen. Solo que solo considera usted una via... La homologacion y esto es que un juez local se pronuncie en sustitucion de la sentencia extranjera y me permitire contradecirlo.. No es absolutamente nada complicado.. Es en jurisdiccion voluntaia y se tramitan al año unas 30 homologaciones al año SOLO para la institucion a la que me encuentro orgullosamente al frente. Salvo que la legislacion del estado de mexico ponga travas al tramite de homologacion diferentes a las que se llevan en los demas estados lo concederia la razon peo dudo que haya una tramitologia especial en este esatdo apara ello. Pero vamos a imaginar que si. Bueno pues entonces descarta la homologacion y pideEXHORTO INTERNACIONAL o carta rogatoria y listo. A diferencia de la homologacion aqui el juez local uniamente se limitara a dar cumplimiento al punto resolutivo que ordena la anotacion marginal en el acta de matrimonio en auxilio de aquel juez y es todo. Le mando saludos Rosen
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