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  • Consulta : 145104
  • Autor : tuamigoabogado
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  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguida  Consultante

    Difiero con mucho respeto de mis colegas que me anteceden, considero que usted si requiere de una asesoría toda vez que al dañar física y psicoemocional,  a su Señora Madre incurrió en el Delito previsto y sancionado por el Código Penal conocido como violencia Familiar, y le pueden imponer de seis meses a seis años de prisión, pérdida de los derechos que tenga respecto de la víctima, incluidos los de carácter sucesorio, patria potestad, tutela y en su caso a juicio del Juez, prohibición de ir a lugar determinado o de residir en él; además se le sujetará a tratamiento especializado que para generadores de violencia familiar, refiere la Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar.

    No cabe duda que su madre le otorgo otra oportunidad pues basta que solicite al C. Agente del Ministerio Público y este de inmediato le prohíba a usted, estar al lado de su Madre, o en casa de su madre, basta una llamada al 066 de su Madre o de un vecino para que acuda la policía en auxilio de su madre.

    Además le comento que usted está en peligro de perder alguna herencia por su ingratitud.

    No existen las injurias, ni las calumnias, ni la difamación en su ciudad, además de provenir de su madre solo sería una conducta disciplinaria, que no es difícil adivinar qué fue lo que le reclamo a usted su Madre.