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  • Consulta : 144927
  • Autor : olaguez
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  • Autor
    Respuesta No: 260635

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La carta poder no tiene validez para efectuar tramites en inmuebles, lo que debe de hacer es un contrato preparatorio de compra-venta, para que por medio del cual tanto ustedes como el comprador tengan acciones de uno para el otro en caso de incumplimiento por cualquiera de las partes