- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 143875
- Autor : TOCA1968
- Consultas en Foro: 9
- Respuestas en Foro: 15283
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 278820
-
Fecha de respuesta: Viernes 03 de Agosto de 2012 17:52 2012-08-03 17:52 desde IP: 189.136.110.95
CONSULTANTE fdila,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que, después de contar con el acta de divorcio mexicana, esta deberá ser apostillada para el país de Chille y posteriormente registrar el divorcio en el registro civil de aquel país, saludos y suerte en su caso.
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA ADMINISTRATIVA CON ESPECIALIDAD EN DERECHO MIGRATORIO, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 3182-2696
Celular:55-3462-7069
WEB: m o r a l e s a r a g o n y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: m a y c i a . j o r g e m a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
-
Autor