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AutorRespuesta No: 259274
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Marzo de 2012 20:59 2012-03-23 20:59 desde IP: 201.141.95.136
Sí es cierto, lo más seguro es que le otorguen el amparo, pero usted sí puede rematar el otro cincuenta por ciento, si con ello no cubre la suerte principal y accesorios deberá solicitar una ampliación de embargo y buscar otros bienes en el Registro Público.
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