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AutorRespuesta No: 259214
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Marzo de 2012 15:01 2012-03-23 15:01 desde IP: 187.161.150.167
Vetsuam_NR
Pongamos la situación en perspectiva:
Si la persona referenciada es un servidor público con nombramiento para ejercer X puesto y se firma como “Jefe de X Área” no esta cometiendo ningún delito y además si cuenta con nombramiento es porque el puesto que ocupa no requiere tener titulo profesional (existen puestos de nivel de mando que solo requieren bachillerato o equivalente ejemplo: algunos de los niveles de enlace).
Pero dentro del mismo panorama si la persona mencionada además de firmar como “Jefe de X Área”, antepone a su nombre las siglas que identifican una profesión entonces si nos encontramos ante una irregularidad sancionada por el Código Penal Federal, que se refiere como usurpación de profesión a quien sin tener titulo profesional, se atribuya el carácter de profesionista.
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