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Fecha de respuesta: Viernes 12 de Octubre de 2012 16:19 2012-10-12 16:19 desde IP: 189.225.42.221
Para obtener una pensión por invalidez bajo el régimen 97 que seguramente es al que pertenece la Sra Inés se requiere:
Tener 250 semanas de cotización o 150 si la invalidez es mayor al 75%.
Estar en período de conservación de derechos.
Y obviamente que el IMSS declare la invalidez, que implica que no pueda desempeñar un trabajo igual con una remuneración superior al 50% del salario que tenía.
No queda claro cuál es el motivo de la negativa de pensión. Así que eso lo debe aclarar ante el IMSS con el recurso que ya metió o ante las juntas como ya le sugirieron.
Pero si se logra demostrar que existe invalidez, pero no se cumple con los requisitos de semanas cotizadas se mantendría la negativa de pensión. Y hay que entender que una cosa es negar el estado de invalidez y otra es negar la pensión por invalidez. En el primer caso no hay invalidez en el segundo sí la hay pero no se cumplen con los otros requisitos de ley.
Así que si se logra demostra el estado de invalidez pero aún no cumple con los requisitos de semanas cotizadas, la negativa de pensión que le extiendan sí le permitiría retirar las subcuents de Retiro y CV de su afore.
La ley 97 en su artículo 122, segundo párrafo lo permite.
Artículo 122. Para gozar de las prestaciones del ramo de invalidez se requiere que al declararse ésta el asegurado tenga acreditado el pago de doscientas cincuenta semanas de cotización. En el caso que el dictamen respectivo determine el setenta y cinco por ciento o más de invalidez sólo se requerirá que tenga acreditadas ciento cincuenta semanas de cotización.
El declarado en estado de invalidez de naturaleza permanente que no reúna las semanas de cotización señaladas en el párrafo anterior podrá retirar, en el momento que lo desee, el saldo de su cuenta individual del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez en una sola exhibición. -
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