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  • Consulta : 143080
  • Autor : TANGO210
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    Respuesta No: 259738

  • TANGO210
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    (Resumen de Actividades)

    ok, no, no podrá disponer de esos fondos, hasta que cumpla 60 años de edad y le nieguen la pensión por cesantía. Lo unico que puede hacer -si no lo ha hecho- es hacer el retiro parcial por desempleo, que provendrá de esos recursos. Considere que el trabajo de los Empleados del Imss es evitar otorgar pensiones (erroneamente, desde luego), asi como llenar de tramites engorrosos a los Asegurados y derechohabientes para no otorgar algun subsidio, de ser posible ni la atenciòn médica, les da coraje cuando una persona cumple con todos y cada uno de los requisitos que imponen, pero sonrien ampliamente cuando le falta algúno de los documentos que le solicitan, y a esto hay que agregar que por cada documento que usted presenta le solictan dos mas y asi hasta que usted dice: "no, ese no lo tengo" y con voz de júbilo exclaman: lo siento, "el que sigue".  Si asi es sra. Inés, desgraciamente a ese punto a llegado la burócracia en México. Saludos