Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 142848
  • Autor : LicVelazquez
  • Consultas en Foro: 6
  • Respuestas en Foro: 1006
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 258835

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante:

    Omita considerar todo ese cuento del concurso civil voluntario. Parece más bien que proviene de un TOCA do.

    Le informo que Usted NO tiene porque aparecer con una deuda de esa antigüedad en el buro de crédito. Es más, me parece que su adeudo es anterior al nacimiento de la Ley de Sociedades de Información Financiera que las autoriza y regula.

    De igual forma le hago saber que dicho crédito se halla prescrito y sus acreedores no tienen ya acción ni derecho alguno para su cobranza.

    Consulte a un abogado de su confianza, no se deje sorprender por coyotes, ni tinterillos ni por los Despachos de Cobranza.

    Saludos.